Normas de Funcionamiento para Socios
El acceso a las instalaciones supone aceptar las normas contenidas en este Reglamento. Ningún socio del club podrá alegar ignorancia o desconocimiento a lo establecido en estas normas, ya que se entregará un ejemplar a cada socio en el momento de su ingreso a los cuadros sociales del club.
Lo establecido en las presentes normas, se tendrá por obligatorio y su observancia integral será condición principal para la permanencia como socio del club.
Artículo 1. No está permitido realizar actividad física sin la ficha médica vigente. Los adultos y los padres o tutores de los socios menores deberán mantener un continuo control sanitario, a efectos de evitar afecciones de la piel, tales como micosis u otras. En caso de constatarse la existencia de tales afecciones no se permitirá el ingreso a las instalaciones deportivas. Los socios son responsables de la información médica proporcionada al Club. Estos exoneran expresamente al Club frente a cualquier insuceso que pudiere acontecer en las instalaciones de este último, derivadas de inconvenientes de salud del Socio.
Artículo 2. En caso de padecer alguna enfermedad crónica, discapacidad o patología de cualquier tipo, ya sea física o mental, es obligatorio manifestarlo al ingreso, a fin de que el club pueda evaluar e informarle si cuenta con las condiciones para el uso y disfrute de forma correcta y segura, y/o según el caso solicitar constancia del médico especialista tratante que lo habilite.
Artículo 3. El club se reserva el derecho de suspender actividades en días de partidos oficiales o por razones de fuerza mayor, desperfectos imprevistos, inclemencias climáticas, realización de mantenimientos anuales de las instalaciones, entre otras posibles causas.
Artículo 4. Es obligatorio presentar el carné social cada vez que se ingresa al club, tener la cuota al día. En virtud de ello, el Club podrá prohibir el acceso a las instalaciones al socio que no acredite tales extremos.
Artículo 5. Los socios deberán respetar los horarios de inicio y fin de las actividades; no está permitido ingresar a las clases una vez que han comenzado ni retirarse antes de que culmine la misma, sin autorización previa del profesor o responsable.
Artículo 6. Para la realización de actividades en la piscina se deberá ingresar a los vestuarios 15 minutos antes de la hora de inicio de la actividad. Una vez comenzada la actividad, no se permitirá el ingreso a los mismos.
Artículo 7. Para la utilización de todas y cada una de las instalaciones deportivas será requisito indispensable el uso de un atuendo deportivo adecuado y correspondiente a cada sala y/o actividad. Es obligatorio el uso de gorra de baño en todas las actividades dentro de la piscina y ducharse con jabón y sin malla antes de ingresar a la misma.
Artículo 8. No está permitido ingresar a los gimnasios con bolsos o mochilas debiendo los socios dejar sus pertenencias en los casilleros destinados para las mismas debidamente cerrados con candados. Se recomienda a los padres o tutores que coloquen nombre y apellido a todas las pertenencias de sus niños.
Artículo 9. Los socios deberán utilizar candado o la llave asignada en los casilleros (lockers) destinados para guardar dichas pertenencias ya que el club NO se hace responsable de hurtos que se realicen en las instalaciones. No obstante, el Club podrá velar por el cuidado de los bienes materiales de los socios durante su permanencia dentro de las mismas, para lo cual podrá disponer la revisación de bultos a la entrada y salida del recinto, con las garantías del caso, e incluso revisar los “lockers”, en toda instancia que así lo requiera y siempre en presencia del socio respectivo. Pasadas las 23 hs no se podrán dejar pertenencias dentro de ninguno de los locker de la institución, de ser así el club procederá a cortar el candado.
Artículo 10. La seguridad de las bicicletas queda a cargo únicamente de sus propietarios, debiendo dejarlas en el lugar asignado para las mismas y quedando a su cargo la colocación de candado. El club no se responsabiliza en el caso de robo o rotura de los vehículos.
Articulo 11. En virtud de que estos términos pueden ser modificados en cualquier momento por Soturi SAD, se recomienda al usuario su atenta lectura cuando se le notifique que los mismos han sido modificados en la página web del Club. Los mismos entraran en vigor una vez publicados en la misma
Artículo 12. No está permitido sacar fotografías ni usar el celular durante las clases ni en los vestuarios. Si necesita hablar o mandar un mensaje de texto deberá retirarse de la clase y no podrá volver a ingresar a la misma.
Artículo 13. Con carácter general, los menores de 6 años deberán acceder a las Instalaciones acompañados en todo momento de persona mayor de edad que se responsabilice por aquellos. Por razones de seguridad los niños deberán ser retirados una vez culminadas sus actividades.
Artículo 14. Siendo los vestuarios un lugar de paso, el tiempo de uso de las duchas no deberá superar los 10 minutos, tiempo considerado suficiente para una correcta higiene.
Artículo 15. La cuota social se debe abonar antes del día 15 de cada mes. Pasada dicha fecha, el asociado que no haya pagado la cuota no podrá ingresar a realizar ninguna actividad hasta hacer efectivo su pago. La cuota social será ajustada según establezca el directorio de SOTURI SAD. El no pago al día generará una mora del 5%. Las cuotas tendrán dos ajustes anuales en los meses de marzo y octubre. Se regirá según la paramétrica del IPC (Índice de Precios del Consumo)
Artículo 16. Las solicitudes de renuncia o licencia, deberán formularse antes del día 25 del mes previo, a los efectos del no pago de la cuota del mes siguiente o del mes correspondiente a la licencia en su caso. En caso de no poder concurrir el socio tendrá derecho a solicitar una licencia anual sin costo o hasta 2 meses de cuota mantenimiento con un valor del 30% del valor de la cuota social.
Artículo 17. Las cuotas y matrículas son intransferibles.
Artículo 18. El club se reserva el derecho de retener y no reintegrar los importes abonados en oportunidad de desvinculación del socio por motivos de conducta indebida. Del mismo modo, no corresponde dicha devolución por pagos adelantados en los casos en que el socio no hizo uso de sus derechos por causas personales o por cualquier otra causa.
Artículo 19. No se permitirá traer pelotas, patinetas, patines, etc. al club ni jugar en las canchas fuera de los horarios de clase sin la supervisión de un docente. A su vez el acceso de animales, ni bicicletas, motos o cualquier otro vehículo similar al interior de las instalaciones deportivas, excepto en los lugares habilitados para ello. Podrá ser motivo de expulsión del Socio, el hacer mal uso o abuso de las instalaciones o del material, así como por comportamiento antideportivo.
Artículo 20. La Comisión Directiva velará por el cumplimiento de las presentes normas, pudiendo suspender actividades cuando se produzcan deterioros en las instalaciones, peligre la integridad física de alguna persona, o cualquier otro momento que estime oportuno, y exista causa que lo justifique.
Artículo 21. Constituye falta todo acto, actitud, comportamiento u omisión, que viola el orden y la normalidad de las actividades, así como en general los deberes establecidos en el presente Reglamento, posteriores Reglamentaciones y resoluciones sociales relativas al mismo, que serán notificadas mediante su publicación en cartelera.
Artículo 22. El personal docente, técnico y de vestuario, así como en general los funcionarios del club podrán solicitar retirarse de las instalaciones a quienes incumplan este Reglamento o las normas específicas de cada clase o deporte ya que los mismos estarán a cargo de que los socios cumplan con las normas de uso de cada actividad.
Artículo 23. El Club instalará cámaras de vigilancia en sus instalaciones para seguridad de todos sus socios, con excepción de baños y vestuarios.
Artículo 24. El Club se reserva todos los derechos de imagen de todas las personas que estén dentro de sus instalaciones o realizando actividades que el club provee. El club podrá realizar contenido multimedia en todo momento dentro de las instalaciones.
Artículo 25. De conformidad con la ley Nro. 18.331, de Protección de Datos Personales, los datos personales suministrados a partir del día de la fecha por socio quedarán incorporados en las bases de datos del Rampla Club Social y se utilizarán exclusivamente para la gestión y relacionamiento de los socios con el Rampla Club Social. Los datos personales serán tratados con el grado de protección adecuado, tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros. El responsable de la Base de Datos es el Rampla Club Social y dirección donde el socio podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, actualización, inclusión o supresión, es en el Departamento de Socios de institución.